El Superior Tribunal de Justicia dispuso mediante Acordada 47/2016 para los agentes que revistan en las categorías de Auxiliares (Niveles E03 a E05 inclusive) y de Servicios Generales (Niveles S0G a S0E inclusive) una compensación salarial de la retención destinada al Fondo Solidario para el pago de Jubilaciones previsto en la Ley Provincial Nº 1068, reintegrándoles las sumas ya retenidas desde el 8 de enero del corriente año.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso mediante Acordada 47/2016 para los agentes que revistan en las categorías de Auxiliares (Niveles E03 a E05 inclusive) y de Servicios Generales (Niveles S0G a S0E inclusive) una compensación salarial de la retención destinada al Fondo Solidario para el pago de Jubilaciones previsto en la Ley Provincial Nº 1068, reintegrándoles las sumas ya retenidas desde el 8 de enero del corriente año.
Además se dispuso otorgar a los agentes indicados en el artículo anterior y a los fines de cumplir lo allí establecido, un adicional no remunerativo y no bonificable equivalente a la suma retenida por tal concepto, a partir del 1º de abril del corriente año.
En la citada Acordada resolvió además aportar al “Fondo de Compensación Ley Provincial Nº 1068” el monto que resulte de lo dispuesto en los artículos anteriores, a través de la Tesorería del Superior Tribunal e imputable a la partida salarial correspondiente.