| 9 de mayo

Se inició la segunda etapa del trabajo en conjunto entre Tierra y Hábitat e ISFA en los Barrios Altos de Ushuaia

La Dirección Provincial de Tierra y Hábitat, en conjunto con la Ingeniera Alejandra Portatadino de la ONG “Ingeniería Sin Fronteras Argentina” –ISFA- comenzó esta semana la segunda etapa del relevamiento y aforo de los chorrillos y arroyos de los barrios altos de Ushuaia.

La Dirección Provincial de Tierra y Hábitat, en conjunto con la Ingeniera Alejandra Portatadino de la ONG “Ingeniería Sin Fronteras Argentina” –ISFA- comenzó esta semana la segunda etapa del relevamiento y aforo de los chorrillos y arroyos de los barrios altos de Ushuaia.
El relevamiento es la continuidad del trabajo que se iniciara en abril pasado junto a la Dirección de Recursos Hídricos de la Secretaría de Desarrollo Sustentable de la Provincia, en el que se prevé concretar un recorrido con GPS de los cursos y determinar los puntos de aforo, así como también comenzar a realizar los análisis químicos y bioquímicos para determinar la calidad del agua.
La Ingeniera Portatadino señaló que se trata de “determinar el posicionamiento exacto de los cursos, su cantidad y calidad de agua para poder administrarla entre el consumo humano y su rol humectante para los bosques. Ingeniería Sin Fronteras Argentina conjuntamente con los pobladores de los barrios altos y la Dirección de Tierra y Hábitat, estamos trabajando para luego de los relevamientos comenzar un plan de remediación de los tendidos precarios de mangueras transportadoras de agua que se congelan en invierno, hasta que estén culminadas las obras del Plan Director de agua potable y Saneamiento para la Ciudad de Ushuaia impulsado por el Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego”.

Derecho al agua

La representante de ISFA destacó la asistencia de la Dirección de Recursos Hídricos  de la Secretaría de Desarrollo Sustentable de la Provincia, en cumplimiento de la resolución de la ONU A/RES/64/292 promulgada el 28 de julio del 2010, con jerarquía Constitucional art 75 Inc. 22 y por responder a la Convención de los Derechos del Niño art 24 Inc. C y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –PIDESC-por el cual se incorporado el derecho humano al agua a través de la interpretación judicial.
“El ordenamiento jurídico argentino prevé distintas garantías institucionales, principalmente judiciales, así como de tipo cuasi-jurisdiccional (como las Defensorías del Pueblo), que sirven a la efectiva tutela del derecho al agua, no sólo frente al corte total de suministro, sino también frente a otras afectaciones ilegítimas (falta de acceso, contaminación, calidad del agua, etc.)” resaltó Portatadino.
 
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