| 1 de febrero

Mataron un caballo para faenarlo y sólo les imponen normas de conducta como condena

Procesaron a Cristian Gustavo Acosta, Matías Rolando Domínguez, Claudia Andrea Lescano y Arturo Segundo Gutiérrez, los sujetos que en octubre mataron cruelmente a un caballo en Ushuaia. La Doctora María Cristina Barrionuevo, titular del Juzgado de Instrucción de Primera Instancia N° 2 del Distrito Judicial Sur, resolvió la situación procesal de los sujetos que en octubre pasado faenaron a un equino en Ushuaia, y se los imputó por el delito de abigeato agravado e infracción a la Ley N° 14.346.

Procesaron a Cristian Gustavo Acosta, Matías Rolando Domínguez, Claudia Andrea Lescano y Arturo Segundo Gutiérrez, los sujetos que en octubre mataron cruelmente a un caballo en Ushuaia. La Doctora María Cristina Barrionuevo, titular del Juzgado de Instrucción de Primera Instancia N° 2 del Distrito Judicial Sur, resolvió la situación procesal de los sujetos que en octubre pasado faenaron a un equino en Ushuaia, y se los imputó por el delito de abigeato agravado e infracción a la Ley N° 14.346.
 
En su resolución del 12 de diciembre de 2016, la magistrada ordenó el procesamiento de Cristian Gustavo Acosta, Matías Rolando Domínguez, Claudia Andrea Lescano y Arturo Segundo Gutiérrez, al considerarlos probables autores penalmente responsables por dar muerte a un equino –propiedad del ciudadano Sergio Mansilla-al que faenaron y despostaron, mediante reiterados golpes con un martillo tipo maza, causándole torturas y/o sufrimientos innecesarios; y sobreseyó a Diego Elías Sáez.
 
Los restos del animal –cabeza, lomo, costilla-, fueron hallados el 10 de octubre, sobre una loma cercana al predio de Roberto Padín, lugar donde habría sido llevado a cabo su muerte.
 
La Doctora Barrionuevo procesó a los sujetos por el delito calificado como Abigeato agravado e infracción al art.3, inc.7º de la Ley Nº 14.346 -Malos tratos y actos de crueldad contra los animales, en concurso real (arts. 45, 55, 167 ter, primer párrafo, en función del art.167 quater, inc.6º del Código Penal, y art.3, inc.7º de la Ley Nº 14.346, y 278 y concordantes del C.P.P.P.).-
 
No obstante en otro hecho, declaró la falta de mérito para disponer tanto el procesamiento como el sobreseimiento de Acosta, Domínguez, Lescano, Gutiérrez, en relación al caballo del ciudadano Carlos Bogado que fue localizado el mismo día, en inmediaciones del Hotel “Altos Ushuaia”, y en cercanías al predio de Padín, desconociéndose el modo en que se habría causado su muerte para faenarlo y despostarlo.
 
Por otro lado, la Juez de Instrucción impuso a los sujetos una serie de normas de conducta, tales como la prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto sea verbal, escrito, telefónico o cualquier otro medio informático, sea por sí o por interpósita persona, hacia Carlos Alberto Bogado, Sergio Fabián Mansilla, Leandro Javier Mansilla Padín y Rosana Vanesa Vélez, como así también la prohibición de ejercer actos de violencia u hostigamiento hacia los prenombrados, todo ello bajo apercibimiento de ordenar su inmediata detención.
 
La magistrada ordenó además, que se presenten en sede policial dos veces por semana.
 
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