| 24 de abril

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas decidió que las salmoneras deben detenerse

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible el recurso de protección contra la empresa Pesquera Cabo Pilar SA, actual titular de las 4 concesiones de salmonicultura otorgadas en canal Beagle. La firma debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo del recurso.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible el recurso de protección contra la empresa Pesquera Cabo Pilar SA, actual titular de las 4 concesiones de salmonicultura otorgadas en canal Beagle. La firma debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo del recurso.
 
El pasado jueves 18 de abril, la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de protección deducido; pidió antecedentes al recurrido en el plazo de 6 días hábiles, y dio lugar a la orden de no innovar, lo que implica que Pesquera Cabo Pilar S.A. debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo del recurso. Ese mismo día, el presidente del alto tribunal, Marcos Kusanovic, notificó a la empresa sobre la resolución.
 
Constanza Portus Torres, Gabriela Faraldo Victorica, Jorge Caros Lara y la Fundación Greenpeace Pacífico Sur,  interpusieron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en contra de la empresa Pesquera Cabo Pilar S. A., actual titular de las 4 concesiones de salmonicultura otorgadas en canal Beagle en 2005, por afectar los derechos constitucionales de igualdad ante la ley y de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
 
Según denuncian, la empresa incurrió “en actos arbitrarios e ilegales, toda vez que ha vulnerado una medida cautelar vigente, de la cual se encontraba en pleno conocimiento”. Dicha precautoria fue dispuesta por el Tribunal Arbitral de Osorno, tras un juicio para resolver un conflicto entre privados, obligando a “la suspensión total de operaciones y de ingreso de peces y de estructuras flotantes, pontones, balsas jaulas o cualquier otro bien mueble respecto de la concesión de acuicultura”. No obstante ello, habitantes de Puerto Williams fueron testigos en las últimas semanas, de movimiento y traslado de bienes muebles hacia el sector otorgado, y tomaron registros fotográficos para avalar sus dichos.
 
En el escrito agregan que “amparado en lo que la medida cautelar dispuso en el año 2009, es que el titular de proyecto justificó el que se suspendieran los plazos de caducidad, establecidos tanto en la Ley General de Pesca y Acuicultura como en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”. Es decir, con la precautoria como argumento, la empresa pudo evitar que la Subsecretaría de Pesca caducara sus concesiones, tras más de 3 años sin operar. “En este sentido -agregan- comete no sólo un acto arbitrario respecto a cuándo cumplir y cuándo no, una medida cautelar, sino que, además, un acto ilegal, toda vez que transgrede lo dispuesto por la Subsecretaría de Pesca en las resoluciones exentas Nº432 y 1033 del año 2009 y 2010, respectivamente, vulnerando el principio de lagalidad del que gozan los actos de la administración”.
 
Entre la serie de antecedentes aportados por los recurrentes, se menciona que la pesquera Cabo Pilar S.A. es titular de conceciones y permisos otorgados para explotar centros de cultivos de salmones en la Reserva de la Biósfera Cabo de Hornos, que adquiere tal categoría mediante la aprobación que efectuare el Consejo Internacional de Coordinación del Programa sobre Hombre y la Biósfera de la Unesco, en su reunión anual del 27 de junio de 2005. Lo anterior, obedece a una postulación del gobierno de Chile, en virtud de la particularidad de los bosques más australes del planeta, glaciares y campos de hielo, cumbres de hielo, cumbres andinas, cursos de agua permanentes e intermitentes, bosques de algas pardas, fiordos, canales, corrientes e intrincados fondos marinos.
 
Se continúa señalando que el carácter prístino de este territorio, permite que esta reserva sea identificada como una de las 24 ecorregiones menos intervenidas del mundo. “Actualmente, en la comuna de Cabo de Hornos, existen actualmente 32 proyectos de inversión que han requerido ingresar por el sistema de evaluación de impacto ambiental de los cuales 13 de ellos son proyectos ligados a la industria del salmón”.
 
Sobre la expansión y el efecto de la industria salmonera hacia esta región, los recurrentes sostienen que “las ictiopatologías virales, bacterianas y parasitarias, que la propia industria llevó a las regiones de Los Lagos y Aysén han generado una situación de colapso sanitario y ambiental con altos costos para la industria, obligándola a buscar nuevos ambientes sanos donde operar”.
 
El recurso también solicita declarar orden de no innovar, “mandatando a detener el transporte y movimiento de alevines de salmónidos a las jaulas ilegalmente ingresadas en el canal Beagle, comuna de Cabo de Hornos (…) en atención al grave e irreversible impacto que causa que se introduzcan organismos de especies exóticas en parajes prístinos, que son el sustento de nuestro desarrollo”.
 
 
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