La Secretaría de Energía de la Nación dispuso que el consumo de electricidad de la actividad de minado de criptomonedas no cuente con subsidios del Estado nacional, y fijó una tarifa casi cuatro veces mayor a la que estos usuarios venían pagando
La medida se formalizó por medio de la resolución 40/2022 publicada ayer en el Boletín Oficial. "Los consumos de energía eléctrica de la actividad de minado de criptomonedas presentan un perfil de consumo caracterizado por su intensidad y constancia tanto horaria como estacional cuya irrupción presenta desafíos a la infraestructura del área de concesión a la que se conectan", se indicó en la norma.
La resolución se refiere específicamente a los usuarios de minado de criptomonedas del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema de Tierra del Fuego (Memstf), uno de los destinos más buscados por los interesados en instalar granjas de producción cripto, debido a que sus condiciones climáticas evitan la instalación de equipos de refrigeración de costos elevados.
Asimismo, se da a conocer poco antes de la convocatoria a la audiencia pública del 17 de febrero próximo, en la que se analizarán las propuestas de distribuidoras y transportadoras de energía en vistas a un nuevo cuadro tarifario.
En el caso concreto de las criptomonedas, en atención a que desde mediados de 2018 diferentes inversores extranjeros manifestaron su interés por establecer granjas de minado en la Patagonia y en particular en Tierra del Fuego, la Subsecretaría de Energía Eléctrica solicitó a Cammesa "información respecto a los nuevos consumos vinculados a la actividad", con el objeto de "realizar una evaluación de la demanda actual y futura".
De esta forma, se dispuso que los usuarios de minado de criptomonedas de Ushuaia paguen un PEE de $ 4.804 por megavatio/hora y los de Río Grande $ 5.126 por Mwh, tanto en hora pico como en resto y en valle.
Como referencia, el PEE para un usuario residencial del MEM es de $ 1.852 por Mwh en hora pico, $ 1.764 en hora resto y $ 1.676 en hora valle.
Por su parte, en el caso del no residencial los valores son de $ 2.122, $ 2.025 y $ 1.928, respectivamente.