Desde el Instituto Provincial de Vivienda, IPV, ante innumerables consultas por parte de cooperativas, entidades intermedias y sindicatos; se recordó que existen una serie de requisitos indispensables al momento de solicitar financiamiento a esta institución, ya sea por parte del Programa Techo Digno o las reglamentarias propias destinadas a créditos de autoconstrucción.
El vicepresidente del IPV, Roberto Lorente, recordó cuáles son los requisitos para gestionar financiamiento para la ejecución de viviendas ya sea para planes nacionales o provinciales.
Dentro de los requerimientos se encuentra principalmente la situación de las tierras en donde se ejecutaran las viviendas, que deben ser propiedad del IPV. Sin embargo si fueron entregadas por los municipios, deberán contar con la ordenanza o decreto municipal indicando la entrega de las tierras y su ubicación. Asimismo deberán responder, por ejemplo en la ciudad de Ushuaia, al decreto municipal Nº 1537/12, que es el reglamentario para transferir tierras.
Lorente aclaró que "no son válidas las cartas o actas intención para la gestión de financiamiento, sin excepción", agregando que "en el caso de terrenos privados, deberán ser transferidos al IPV para poder cumplimentar con las reglamentaciones".
En el caso de terrenos asignados para la construcción de viviendas financiadas por el IPV, sea con fondos propios o bien a través de programas federales, deberán contar de acuerdo con las Cartas Orgánicas municipales y el Código de Planeamiento y Edificación, con Infraestructura frentista habilitada siendo indispensable la red de agua potable, y red cloacal.
Finalmente, se recordó que para cualquier trámite a realizar en el IPV los postulantes deben estar inscriptos o inscribirse en la demanda general del IPV, cumpliendo con las exigencias del mismo.