| 17 de julio

El Consejo de la Magistratura decidió iniciar el jury contra el fiscal Nicolás Arias

El Consejo de la Magistratura de la Provincia decidió, en el día de ayer y tras el voto de la mayoría, correr traslado al fiscal acusador para que comience el jury de enjuiciamiento contra el fiscal de Ushuaia Nicolás Arias, investigado por su polémico dictamen en una causa por abuso de menores donde fue condenado un conocido empresario de esta capital.

El Consejo de la Magistratura de la Provincia decidió, en el día de ayer y tras el voto de la mayoría, correr traslado al fiscal acusador para que comience el jury de enjuiciamiento contra el fiscal de Ushuaia Nicolás Arias, investigado por su polémico dictamen en una causa por abuso de menores donde fue condenado un conocido empresario de esta capital. 
 
De esta forma, el organismo encargado de seleccionar y de remover a los jueces tomó la decisión más grave de las tres que tenía a disposición, ya que también podría haber rechazado la denuncia por falta de fundamentos, o podría haber remitido las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia para la aplicación de una sanción administrativa.
Al encaminarse una acción de jury, el fiscal podría ser removido del cargo si es encontrado culpable en un proceso similar a un juicio oral y público.
 
De todas maneras, para ello todavía restan una serie de pasos legales que se dispararon ayer, al resolverse la remisión al fiscal acusador. Primero tiene que formalizarse la acusación y ser notificada al acusado (recién ahí se da por comenzado el enjuiciamiento) luego existe un período para que el funcionario judicial realice su descargo, y recién después se llamaría a la audiencia oral.
 
Arias continuará ejerciendo sus funciones al menos hasta ser notificado de la acusación, y recién entonces el Consejo tendrá la facultad (no está obligado a hacerlo) de suspenderlo del cargo de manera preventiva, explicaron ayer fuentes del organismo.
 
La medida de continuar con el proceso previo al jury fue adoptada durante la sesión llevada a cabo ayer a partir de las 14 en la sede del Consejo. Los consejeros ya habían evaluado el informe previo elaborado por la titular del cuerpo (y jueza del Superior Tribunal de Justicia) María del Carmen Battaini, y se abocaron de inmediato a la votación, precedida de una breve fundamentación oral.
 
A favor de remitirle las actuaciones al fiscal acusador (que es el representante de los abogados de Río Grande, Miguel Castro) votaron el ministro coordinador de Gabinete, Leonardo Gorbacz, el legislador del Frente para la Victoria Federico Bilota, el legislador de la UCR-Cambiemos Pablo Blanco y el representante de los abogados de Ushuaia Oscar Suárez. Por su parte, Battaini y el fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, votaron por la remisión del expediente al Superior Tribunal para la aplicación de sanciones administrativas.
 
Del lado de la mayoría, tanto Bilota, como Blanco, Gorbacz y Suárez, señalaron que en la etapa actual solo debe analizarse si la denuncia resulta “infundada” o “irrazonable” y que ello no había sido verificado. Además, indicaron que Arias tiene el “derecho” a defenderse de la acusación y que la instancia adecuada para ello es un proceso de jury. 
 
Gorbacz, incluso, mencionó que existen “elementos concretos” como para habilitar la etapa de enjuiciamiento y argumentó que no se podía dejar pendiente “un manto de duda” sobre el desenvolvimiento del fiscal. Por su parte Martínez de Sucre adhirió a la postura expresada por Battaini en su informe, en el sentido de que la inconducta no cumplía los requisitos para motivar un jury, y además de inclinarse por la aplicación de sanciones administrativas, le pidió al Superior Tribunal de Justicia un “análisis integral” del desenvolvimiento del Ministerio Público Fiscal.
 
Es que según el Fiscal de Estado, el caso de Arias reveló “cierta anarquía” en el modo de actuar de la Fiscalía judicial, ya que para las solicitudes de omisión de debate en casos de abusos sexuales “no se siguen lineamientos generales” ni “se actúa en forma orgánica”, opinó Martínez de Sucre. Este cuestionamiento a la Fiscalía en su conjunto fue avalado por sus pares y se investigará en forma separada al caso del fiscal Arias.
 
Incluso el legislador Blanco introdujo como uno de los puntos a dilucidar bajo esa órbita, la cantidad total de casos de abuso sexual cometidos en los últimos 10 años, ya que el informe de Battaini reveló que en ese período de tiempo se solicitaron 41 omisiones de debate en Ushuaia y 25 en Río Grande, pero no se detalló sobre qué total de causas del mismo tipo registradas.
 
El fiscal Arias requirió la “omisión de debate” (es decir que el juicio oral no se hiciera) a cambio de la aplicación de una pena mínima de 3 años de prisión para el empresario Héctor Darío “el gringo” Weiss, finalmente enjuiciado de todos modos y sentenciado a 8 años de cárcel, por el abuso sexual y estupro del que resultaron víctimas dos menores de edad.
 
Ese dictamen generó una polémica con alcance nacional (varios medios de prensa de Buenos Aires se hicieron eco de la noticia) porque, entre los fundamentos de la medida, Arias mencionó como atenuantes de la condena el hecho de que Weiss “no tenía completos los estudios secundarios” y que era “único sostén de familia”.
Ambas circunstancias fueron cuestionadas por las partes querellantes en la causa, ya que el empresario maneja concesionarias de autos y una distribuidora de alimentos (por lo que su nivel de instrucción no parece un impedimento) y además no es cierto que sea único sostén de familia ya que en su entorno hay parientes directos que se desenvuelven como profesionales, según argumentaron las querellas.
 
Según la ley 525 de jury de enjuiciamiento, “el fiscal acusador deberá formular la acusación por escrito, acompañar la prueba documental, y ofrecer los demás medios de prueba en el plazo de veinte días, contados a partir de la notificación formal de la decisión del Consejo”. Después de notificada la acusación, el acusado tendrá otros veinte días  para realizar su descargo por escrito, “acompañando la prueba documental y ofreciendo la restante de que intente valerse”.
 
Superadas las instancias de recusación de alguno de los consejeros, se establecerá la fecha de inicio del jury que tendrá carácter oral y público. “En la audiencia pública el Consejo dará lectura a la requisitoria del fiscal acusador y a la defensa del acusado, examinará la prueba ya agregada, producirá la restante ofrecida por las partes, examinará al acusado, testigos y peritos, y escuchará los alegatos”, sostiene la norma.
 
Finalmente el Consejo “resolverá absolver al funcionario o magistrado, destituirlo o remitir las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia en caso de entender que el magistrado o funcionario hubiere incurrido en una falta administrativa”.
 
 
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