| 15 de mayo

«El Ejecutivo Provincial es responsable de las redes troncales y no corresponde sanción al Municipio»

En el marco del Expte. 14635-SD/2018 sobre presunta infracción al artículo 33 de la Ley Provincial de Medio ambiente N°55, mediante el cual se tramita el sumario administrativo instruido mediante resolución S.A.D.S y C.C. N° 0421/2018 a la Municipalidad de Río Grande, la sumariante Elizabeth Graciela Ruiz, Jefa de Departamento de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de la Provincia resolvió que no corresponde sanción o m

En el marco del Expte. 14635-SD/2018 sobre presunta infracción al artículo 33 de la Ley Provincial de Medio ambiente N°55, mediante el cual se tramita el sumario administrativo instruido mediante resolución S.A.D.S y C.C. N° 0421/2018 a la Municipalidad de Río Grande, la sumariante Elizabeth Graciela Ruiz, Jefa de Departamento de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de la Provincia resolvió que no corresponde sanción o multa al Municipio de Río Grande.
 
En las conclusiones expresa que “no existe degradación irreversible” y que “el tratamiento de vertidos en el cuerpo receptor con miras al cumplimiento de parámetros de calidad de las descargas es una gestión que corresponde al ente encargado de la construcción, instalación y operación de plantas de tratamiento, acciones y obras que no le corresponderían al Municipio de Río Grande por estar éstas asociadas a las redes troncales y no a las redes de distribución que sí se encuentran a cargo del Municipio”.
 
También destaca que “el Municipio ha procedido a realizar obras que se detallan en el presente informe, atendiendo a las prioridades sanitarias y ambientales”.
 
Asimismo, establece crear una comisión integrada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, el Municipio de Río Grande y el ente encargado de las redes troncales de efluentes cloacales de la provincia, la DPOSS con el objeto de establecer las obras necesarias para remediar la situación. Esto en virtud que la problemática implica el mismo tratamiento que se realiza en la ciudad de Ushuaia.
 
En este sentido, el informe indica que la situación debe ser abordada por los profesionales de estas entidades, evitando que cuestiones técnico ambientales que se encuentran a cargo del Poder Ejecutivo Provincial deban ser atendidas por el Poder Judicial.
 
En cuanto a las responsabilidades del Municipio de nuestra ciudad, la sumariante sostiene que se han encontrado vertidos que exceden los límites permisibles en descargas pluviales producto de conexiones cloacales clandestinas que el Municipio deberá controlar y solucionar. Al mismo tiempo reconoce el correcto funcionamiento de la actual planta de tratamiento de líquidos cloacales que opera el Municipio.
 
Dando por terminadas las actuaciones en relación con la investigación del sumario, Ruiz eleva al Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, Mauro Pérez Toscani el informe completo y el modelo de resolución correspondiente para realizar los requerimientos al Municipio, a la DPOSS y conformar la comisión tripartita.
 
 
Comentá esta noticia
Más notas

| 13 de octubre

El Plan de Trabajo del Municipio 2024-2025 responde a las urgencias de la comunidad, asegurando su bienestar y reflejando que el desarrollo de Río Grande es posible a través de la gestión eficiente ...

| 13 de octubre

La Municipalidad de Ushuaia participó en la ceremonia de inauguración de la Escuela de Formación y Capacitación para el personal embarcado de la Marina Mercante Ushuaia (EFOCAPEMM), que contó con ...