| 24 de enero

El peculiar caso de Kant

Sin duda que los humanos nos equivocamos porque somos limitados e imperfectos. No escapamos a las contradicciones por más que no las detectemos en nosotros mismos (de lo contrario es de creer que las rectificaríamos). Nuestras corroboraciones son siempre provisorias sujetas a refutaciones. Estamos inmersos en un proceso evolutivo, estamos en ebullición sin posibilidad de llegar a una instancia definitiva. Nos encaminamos por un azaroso sendero de prueba y error. Cuando revisamos lo que hemos esc

Alberto Benegas Lynch (h) es académico asociado del Cato Institute y Presidente de la Sección Ciencias Económicas de la Academia Nacional de Ciencias de Argentina.
Sin duda que los humanos nos equivocamos porque somos limitados e imperfectos. No escapamos a las contradicciones por más que no las detectemos en nosotros mismos (de lo contrario es de creer que las rectificaríamos). Nuestras corroboraciones son siempre provisorias sujetas a refutaciones. Estamos inmersos en un proceso evolutivo, estamos en ebullición sin posibilidad de llegar a una instancia definitiva. Nos encaminamos por un azaroso sendero de prueba y error. Cuando revisamos lo que hemos escrito nos percatamos que podríamos haber mejorado la marca.
Todo esto es cierto, pero el caso de Emanuel Kant es más bien asombroso. En Crítica a la razón pura apunta a las tres preguntas filosóficas de mayor calado: “la libertad de la voluntad, la inmortalidad del alma y la existencia de Dios”, su “imperativo categórico” consiste en actuar “como si tu máxima se convierta en la ley universal” y ha contribuido a clarificar algunos entuertos en torno a los juicios analíticos y sintéticos, complicar otros planos como el idealismo y la percepción de las cosas y su curioso paradigma moral vinculado al “deber”.
En materia de los derechos individuales, sostiene que nadie debe ser tratado como medio para los fines de otros puesto que cada uno es un fin en si mismo y, en la misma línea argumental, como cita Bertrand Russell en su History of Western Civilization, Kant afirma su conocida sentencia en el sentido de que “no puede haber nada más horrendo que la acción de un hombre esté sujeta al deseo de otro”.
Pero aquí viene la sorpresa mayúscula: cual hobbesiano radical, escribe Kant en sus trabajos compilados bajo el título de Teoría y praxis que “toda oposición al poder legislativo supremo, toda sublevación que permita traducir en actos de descontento de los súbditos, todo levantamiento que estalle en rebelión es, en una comunidad, el crimen más grave y condenable, pues arruina el fundamente mismo de la comunidad. Y esta prohibición es incondicionada, hasta tal punto que cuando incluso ese poder o su agente, el jefe de Estado, han violado hasta el contrato originario y de ese modo se ha desposeído, a los ojos de los súbditos, del derecho a ser legisladores, puesto que autorizan al gobierno a proceder de manera absolutamente violenta (tiránica), sin embargo, al súbdito no le está permitida resistencia alguna en tanto contraviolencia”.
Y en lo que se ha publicado de Kant como Principios metafísicos de la doctrina del derecho, en un sentido contrario a lo que venía sosteniendo en largas y sesudas disquisiciones sobre la importancia de respetar el derecho de cada cual, hasta que en la Sección Primera de la Segunda Parte de la obra, súbitamente la emprende con conceptos a contramano de lo que venía diciendo —en una demostración de positivismo superlativo— al mantener que “el soberano no tiene hacia el súbdito más que derechos no deberes; por lo demás si el órgano del soberano, el gobernante, obrase contra las leyes, por ejemplo, en materia de impuestos […] No hay pues contra el poder legislativo, soberano de la cuidad ninguna resistencia legítima de parte del pueblo; porque un estado jurídico no es posible más que por la sumisión a la voluntad universal legislativa, ningún derecho de sedición (seditio), menos todavía de rebelión (rebellio) pertenece a todos contra él como persona singular o individual (el monarca), bajo pretexto de que abusa de su poder (tyrannus)”.
No nos explicamos una contradicción más flagrante. En La paz perpetua Kant, dice que entiende “la política como aplicación del derecho y la moral” y critica la “constitución no republicana” en la que “el jefe del Estado no es un conciudadano sino un amo y la guerra no perturba en lo más mínimo su vida regalada que transcurre en banquetes, cazas y castillos placenteros. La guerra para él es una especie de diversión”. Y en este libro de 1795, hasta en concordancia con lo consignado por los Padres Fundadores de EE.UU. en Los Papeles Federalistas de 1787/88 (por ejemplo, en el No. XXV), propugna que “los ejércitos permanentes —miles perpetuus— deben desaparecer por completo” y “liberar al país de la pesadumbre de los gastos militares”, al tiempo que aconseja que “no debe el Estado contraer deudas que tengan por objeto sostener su política exterior”.
¿Como compatibilizar semejante incoherencia? El esfuerzo humano en su pensamiento consiste en lograr archivos ordenados en su subconsciente al efecto de contar con la mayor consistencia posible, pero estos brincos no parece que provengan de un filósofo de fuste. Según algunos kantianos sus párrafos sobre filosofía política se deben a la censura cosa que es muy discutible por cierto (y, por otra parte, la eventual excusa no quita lo dicho).
Sabemos que Ludwig von Mises era partidario del servicio militar obligatorio, que Santo Tomás de Aquino patrocinaba la muerte para los herejes, que Murray Rothbard aprobaba el aborto voluntario, que Karl Popper suscribió la censura de la televisión, que John Stuart Mill dio pie para el redistribucionismo y tantos otros casos, pero el de Kant es distinto en el sentido que, dejando de lado sus elucubraciones sobre la metafísica (que finalmente también niega), sus aportes metodológicos en cuanto a los a priori y su especie de subjetivismo epistemológico contrario al realismo, sus reflexiones sobre la libertad pueden partirse en dos con largas disquisiciones en dos sentidos opuestos.
Como hemos subrayado al abrir esta nota, todos tenemos contradicciones debido a nuestra condición humana. Cuando expongo esto frente a mis alumnos invariablemente me preguntan cuales son las mías, a lo que respondo que si las pudiera identificar las corregiría como, por ejemplo, cuando gracias precisamente a varios de mis alumnos, he modificado mi posición frente a las drogas alucinógenas para usos no medicinales: con anterioridad era partidario de la prohibición.
En el caso de Kant resulta difícil hacer un balance para sacar una conclusión sobre el neto de sus contribuciones en la materia aludida. En otros casos como los autores citados, uno puede concluir sobre el mérito de sus trabajos dejando de lado ciertas incoherencias pero en los aportes kantianos no resulta fácil arribar a un balance que haga justicia, especialmente en lo referente a la libertad de las personas, como decimos, con tan enfáticas declaraciones en direcciones contrarias.
Este artículo fue publicado originalmente en El Diario de América (Argentina) el 24 de enero de 2013.
 
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