El concejal del Movimiento Popular Fueguino (MoPoF), Ricardo Garramuño, se hizo presente el último martes en la Sindicatura General para informar las irregularidades detectadas en los proyectos remitidos por el Ejecutivo Municipal al Concejo Deliberante, y solicitó evalúen la posibilidad de intervenir en todo lo actuado en la propuesta identificada como “Iniciativa Privada. Plan de Reconstrucción y Repavimentación de la Av. Perito Moreno”, declarada de Interés y Promoción Municipal.
En declaraciones radiales el Concejal explicó que “nos hicimos presentes en la Sindicatura Municipal para pedir la intervención de ese órgano municipal para que dictamine todo lo que fue actuado por el Ejecutivo Municipal sobre lo que es el proyecto de la repavimentación o hormigonado nuevo, en el proyecto no quedan claro, de la Avenida Perito Moreno” .
“Es importante aclarar que la Ordenanza Municipal N° 3565 instituye Sistema de Promoción de inversiones por iniciativa privada que se aplica a “toda propuesta de personas físicas o jurídicas para realizar obras, servicios públicos o emprendimientos que requieran permisos, licencias o concesiones por parte de la Municipalidad a costa y riesgo del proponente”, es decir, que quien propone la iniciativa privada debe presentar el proyecto ejecutivo de la obra y ser la fuente de recursos de la misma. En definitiva, no debe haber participación del Municipio en ninguno de estos dos aspectos” detalló Garramuño.
El Concejal consideró que “el cuadro normativo que se le dio a la iniciativa privada no existe en ningún tipo de ordenanza y más allá de todo esto se le está cobrando al vecino a través de una financiación por la Municipalidad, que esta misma le paga a la empresa y eso no es iniciativa privada” recalcó.
Del mismo modo el Edil analizó que “tenemos la Ordenanza N° 5140 que Declara equívocamente de Interés y Promoción Municipal a una iniciativa no contemplada en la ordenanza N° 3565, que incluye a una obra que debía ser a costo y riesgo del Proponente pero que la paga la Municipalidad, la que además pretende financiarla por Contribución por Mejora, esto altera y distorsiona totalmente el concepto básico y el objeto de las Iniciativas Privadas, condicionando su aplicación futura, para cualquier otra Iniciativa que pudiese presentarse”.
“Considerando los beneficios mencionados para el proponente de la iniciativa, tanto los incluidos en la Ordenanza N° 3565, como la excepción de cumplir con la garantía del mantenimiento de la oferta, lo actuado podría parecer una adjudicación directa encubierta y por lo tanto inconveniente para los intereses del Municipio” dijo Garramuño para finalizar.