| 20 de diciembre

Gobierno celebró la aprobación de la Ley de modificación de licencias por maternidad

El Gobierno provincial, a través de la secretaría de Derechos Humanos, celebró la aprobación de la Ley de modificación de las licencias por maternidad, paternidad, nacimiento, lactancia y adopción para los agentes del Estado provincial, que fuera presentado por el Ejecutivo el pasado 9 de noviembre.

El Gobierno provincial, a través de la secretaría de Derechos Humanos, celebró la aprobación de la Ley de modificación de las licencias por maternidad, paternidad, nacimiento, lactancia y adopción para los agentes del Estado provincial, que fuera presentado por el Ejecutivo el pasado 9 de noviembre.
Es este sentido, la Secretaria de Derechos Humanos, Nélida Belous, subrayó la importancia de la aprobación, al señalar una vez más que “la provincia ha sido participe de un hecho histórico, donde se pone nada más y nada menos que la igualdad de condiciones entre el hombre y la mujer frente a un acontecimiento importante como es la incorporación de un nuevo integrante a la familia, sea por adopción o por parto”.
A su vez, Belous recordó que “a partir de esta sanción quienes están en uso de la licencia y franquicia por lactancia, adopción, maternidad o paternidad, quedan incluidos en el régimen con la posibilidad de opción”.
La aprobación de la Ley implica diversos puntos a considerar, destacando que una vez producido el nacimiento todas las trabajadoras gozarán de una licencia por nacimiento de 180 días, que podrán ser usufructuados por la madre o por su cónyuge o conviviente, si es que éste también fuera agente del Estado. De existir un parto múltiple, el período de licencia se ampliará a 30 días corridos por cada nacimiento.
En el caso de las trabajadoras del sector privado, cuyo periodo de licencia por maternidad es menor, la diferencia de días también podrá ser usufructuada por su cónyuge o conviviente, si este prestara servicios en el Estado.
Por otra parte, queda establecido que, en caso de ocurrir el fallecimiento de la madre, la titularidad de la licencia quedará a cargo del familiar responsable de ese niño. Las mismas condiciones regirán para el caso de una pareja o persona que adopte.

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