El Gobierno de la Provincia promulgó la Ley N°1006 a través del Decreto N° 3067/14, estableciendo que la alícuota reducida de la Tasa de Verificación de Procesos Productivos previstas en el artículo 9°, punto 4, inciso 4.3 de la Ley Provincial N°440, respecto de los establecimientos industriales dedicados a la fabricación de productos eléctricos y/o electrónicos, se reducirá del 1,50 al 1,10%.
El Gobierno de la Provincia promulgó la Ley N°1006 a través del Decreto N° 3067/14, estableciendo que la alícuota reducida de la Tasa de Verificación de Procesos Productivos previstas en el artículo 9°, punto 4, inciso 4.3 de la Ley Provincial N°440, respecto de los establecimientos industriales dedicados a la fabricación de productos eléctricos y/o electrónicos, se reducirá del 1,50 al 1,10%.
Las empresas alcanzadas por el citado beneficio y que actualmente tributan bajo el mencionado artículo, podrán aplicar la reducción de alícuota que se establece en el presente artículo a partir del hecho imponible cuyo nacimiento se produzca con posterioridad al 1 de enero de 2015.
Asimismo se exceptúa del pago de la tasa establecida en el artículo 6° de la Ley Provincial N°440, a todas las tramitaciones presentadas ante el Ministerio de Industria e Innovación Productiva.
El decreto provincial N°3067/14 fue firmado por el Vicegobernador en Ejercicio del Poder Ejecutivo Provincial, Roberto Crocianelli y por el Ministro de Economía, Osvaldo Monti.