| 20 de junio

Gobierno suspendió el cobro del Impuesto Inmobiliario Urbano hasta que se dirima el conflicto con municipios

Por pedido del Gobierno provincial, la Legislatura suspendió la vigencia de la ley 1075 de Impuesto Inmobiliario Urbano. La solicitud del Ejecutivo tuvo como finalidad evitar una doble imposición tributaria que pueda perjudicar a los vecinos, mientras se dirime a quién le corresponde la facultad impositiva. En tal sentido, la gobernadora Rosana Bertone, pidió “cuidar a los vecinos” y resolver el conflicto de competencias “sin que la gente quede en el medio”.

Por pedido del Gobierno provincial, la Legislatura suspendió la vigencia de la ley 1075 de Impuesto Inmobiliario Urbano. La solicitud del Ejecutivo tuvo como finalidad evitar una doble imposición tributaria que pueda perjudicar a los vecinos, mientras se dirime a quién le corresponde la facultad impositiva. En tal sentido, la gobernadora Rosana Bertone, pidió “cuidar a los vecinos” y resolver el conflicto de competencias “sin que la gente quede en el medio”.
 
La ley 1075 ahora suspendida, se sancionó a principios del mes de enero y establecía que la Provincia reasuma su facultad impositiva originaria respecto del Inmobiliario. Sin embargo, los Municipios de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande decidieron mantener sus respectivos impuestos, lo que generó que actualmente, coexistan múltiples “Impuestos Inmobiliarios” en la Provincia de Tierra del Fuego.
 
Por este motivo, la Gobernadora Rosana Bertone y su gabinete, enviaron el pasado martes a la Legislatura provincial un proyecto donde explican que luego de la sanción de este nuevo código fiscal, existe un “eminente riesgo de doble imposición respecto del universo de contribuyentes” dado la “coexistencia de un mismo tributo a nivel Provincial y Municipal”, por lo cual, se vulneraba “la competencia constitucional de carácter originaria y excluyente de la Provincia, afectando la seguridad jurídica y el principio constitucional de reserva de ley”.
 
Así, el proyecto aprobado por la Legislatura suspende la vigencia de la ley 1075 hasta que la Agencia de Recaudación Fueguina resuelva de modo definitivo, la superposición de facultades que en esa cuestión impositiva existe hoy entre la Provincia y los Municipios. El objetivo es “propicia dispensar a la autoridad de aplicación (la AREF) de liquidar, reclamar, intimar o proseguir con la exigencia del pago y percibir el Impuesto Inmobiliario establecido en la Ley Provincial N° 1075”, según detalla el proyecto.
 
 
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