| 19 de junio

Legisladores del MoPoF buscan eximir del pago de tasas y contribuciones a propietarios de viviendas únicas y sociales

El bloque de legisladores del Movimiento Popular Fueguino (MoPoF) presentó un proyecto de Ley para eximir del pago de tasas y contribuciones a los beneficiarios de boletos o de escrituras de viviendas únicas y sociales, tanto sea de organismos públicos: nacionales, provinciales o municipales. El asunto Nº 035/20 fue girado a las Comisiones 1 y 2 en la primera sesión ordinaria.

El bloque de legisladores del Movimiento Popular Fueguino (MoPoF) presentó un proyecto de Ley para eximir del pago de tasas y contribuciones a los beneficiarios de boletos o de escrituras de viviendas únicas y sociales, tanto sea de organismos públicos: nacionales, provinciales o municipales. El asunto Nº 035/20 fue girado a las Comisiones 1 y 2 en la primera sesión ordinaria.
 
El proyecto de Ley que busca modificar un artículo del Código Fiscal, fue girado a las comisiones de Economía y de Legislación General para ser analizado y debatido entre los parlamentarios de las bancadas que integran esos espacios.
 
Hay que mencionar que la propuesta se ubica en el inciso 30 del artículo 181 de la Ley provincial 906, allí se especifica que el “beneficio de exención se limitará exclusivamente a los ingresos correspondiente al primer acto de disposición del inmueble a su destinatario social”.
 
En los fundamentos, los legisladores que impulsan la propuesta, Damián Löffler y Pablo Villegas, consideran que estas medidas remueven posibles obstáculos o limitantes en las capacidades económicas de quienes aspiran a su primera vivienda.
 
“Alivianar la carga impositiva que debe; afrontar un sujeto imponible, por los montos correspondientes a la adquisición de la casa propia en el marco de planes o desarrollos oficiales mencionados, es una medida proactiva, que reconoce antecedentes parciales en nuestra legislación y precedentes en la órbita comparada y que en virtud de lo antedicho, debe normalizarse en cuanto al universo de beneficiarios, para que independientemente del origen del plan, en razón de corresponder todos a la adquisición de la vivienda única y ser ésta de interés social, todos puedan acceder a la exención”.
 
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