| 11 de septiembre

Ordenanza N° 4040: Decomisaron bolsas plásticas del comercio Jumping

El secretario de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia, José Luis Ghiglione, confirmó que luego de reiteradas infracciones se decidió decomisar el material prohibido por la normativa vigente. Inspectores de Comercio se apersonaron en el local de 9 de Julio al 100 y procedieron a decomisar el material prohibido por ordenanza N° 4040.

El secretario de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia, José Luis Ghiglione, confirmó que luego de reiteradas infracciones se decidió decomisar el material prohibido por la normativa vigente. Inspectores de Comercio se apersonaron en el local de 9 de Julio al 100 y procedieron a decomisar el material prohibido por ordenanza N° 4040.
 
La Municipalidad de Ushuaia a través de las áreas correspondientes se vio obligada a disponer el interdicto de las bolsas de plástico que distribuye el comercio “Jumping” y a su posterior decomiso debido a que dicho comercio persiste con la distribución de dicho material que está prohibido por la ordenanza N° 4040”. 
 
El secretario de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia, José Luis Ghiglione, dijo no entender “como este comercio continúa entregando bolsas de plástico en contra de la ordenanza N° 4040 que las prohíbe y luego de haberlo inspeccionado e infraccionado en reiteradas oportunidades”.
 
Dicho comercio ha sido infraccionado en las últimas semanas en reiteradas oportunidades. Pese a ello el 31 de julio el comercio pidió a través de una nota dirigida a Seguridad Urbana, que se lo exceptúe de la Ordenanza N° 4040 y del artículo 2 de la Ordenanza N° 4098. La 4040 prohíbe la entrega de bolsas plásticas.
 
Ghiglione sostuvo que “pese a las infracciones labradas se continúa con la distribución” lo cual “nos ha llevado a decomisar el material que se distribuía contra la normativa vigente”.
 
Agentes de Inspecciones Comerciales se apersonaron pasado el mediodía de este miércoles en el local de 9 de Julio al 100 y procedieron a decomisar las bolsas plásticas que había en el local. 
 
La ordenanza 4040 aclara que sólo “quedan exceptuados aquellos envases que se utilicen para alimentos perecederos tales como carnes, verduras o legumbres” tal como detalla la ordenanza.
 
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