| 16 de diciembre

Tierra del Fuego adhiere a la ley sobre problemática y prevención de diabetes

Desde el FPV se propuso la adhesión a la Ley Nº 26914 sobre la modificación de la Ley Nacional sobre problemática y prevención de la diabetes. La normativa modifica artículos y suma disposiciones del decreto nacional 1271/98 que determina “disponer las medidas necesarias para garantizar a los pacientes el aprovisionamiento de medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol” de acuerdo al programa nacional de diabetes (PRONADIA).

Desde el FPV se propuso la adhesión a la Ley Nº 26914 sobre la modificación de la Ley Nacional sobre problemática y prevención de la diabetes. La normativa modifica artículos y suma disposiciones del decreto nacional 1271/98 que determina “disponer las medidas necesarias para garantizar a los pacientes el aprovisionamiento de medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol” de acuerdo al programa nacional de diabetes (PRONADIA).
 
En este sentido, el articulado determina que “las obras sociales nacionales, las entidades de medicina prepaga y los demás actores del sistema nacional de seguro de salud, deberán establecer los procedimientos administrativos necesarios a fin de garantizar la provisión de medicamentos e insumos”.
 
Desde la bancada sostienen que es necesario “establecer los procedimientos administrativos necesarios a fin de garantizar la provisión de medicamentos e insumos del referido programa a todos los habitantes” de Tierra del Fuego.
 
También considera que la modificación a la normativa nacional, proporciona “una mayor y mejor protección en derechos a los habitantes de nuestra Provincia y permite la igualdad en el ejercicio de derechos, de los ciudadanos amparados por el Sistema Provincial de Salud y por las obras sociales provinciales, con los ciudadanos que cuentan con cobertura de oras sociales nacionales, entidades de medicina prepaga y demás actores del sistema nacional de seguro de salud”.
 
La nueva norma, que data de noviembre de 2013, determina que el Ministerio de Salud de la Nación será quien disponga “a través de las áreas pertinentes el dictado de las medidas necesarias para la divulgación de la problemática derivada de la enfermedad diabética y sus complicaciones, de acuerdo a los conocimientos científicamente aceptados, tendiente al reconocimiento temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control. Llevará su control estadístico, prestará colaboración científica y técnica a las autoridades sanitarias de todo el país, a fin de coordinar la planificación de acciones. Garantizará la producción, distribución y dispensación de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol a todos los pacientes con diabetes, con el objeto de asegurarles el acceso a una terapia adecuada de acuerdo a los conocimientos científicos, tecnológicos y farmacológicos aprobados, así como su control evolutivo”, entre otras determinaciones.
 
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