| 25 de noviembre

Tras renunciar Morato por atropellar a mujer embarazada y huir, llaman a cubrir cargos en el Juzgado de Faltas

Tras el siniestro automovilístico que protagonizara Hugo Morato, a cargo del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas, en el que atropelló a una mujer embarazada y huyó para luego intercambiar vehículo con el Secretario de dicho Juzgado a fin de evitar ser descubierto, la Municipalidad de Ushuaia convocó al llamado a inscripción de postulantes para cubrir cargos de Juez Administrativo Municipal de Faltas y de Secretario de dicho Juzgado.

Tras el siniestro automovilístico que protagonizara Hugo Morato, a cargo del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas, en el que atropelló a una mujer embarazada y huyó para luego intercambiar vehículo con el Secretario de dicho Juzgado a fin de evitar ser descubierto, la Municipalidad de Ushuaia convocó al llamado a inscripción de postulantes para cubrir cargos de Juez Administrativo Municipal de Faltas y de Secretario de dicho Juzgado. 
 
De acuerdo a lo determinado en la Carta Orgánica Municipal, artículos 187 a 196 inclusive, se se reglamenta el funcionamiento del Juzgado antes mencionado, existiendo los siguientes requisitos: 
 
a) ser vecino con cinco (5) años de residencia efectiva y continua en el municipio; 
b) ser argentino, por opción o naturalizado, con diez (10) años de ejercicio de la ciudanía; 
c) tener como mínimo treinta (30) años de edad y ser abogado con cinco (5) años de antigüedad de ejercicio efectivo y contínuo en la profesión; 
1. Los postulantes no deberán estar comprendidos en las causales de inhabilitación para desempeñar cargos públicos, así como acreditar el cumplimiento de los requisitos legales previstos para el cargo de Juez de Faltas indicado en la Carta Orgánica Municipal. 
2. La inscripción deberá efectuarse dentro de los quince (15) días hábiles a contar desde el último aviso publicado, venciendo dicho término el día 14 de diciembre de 2.018 a las 14 horas sin plazo de gracia dentro de las dos primeras horas del día siguiente 
3. Los postulantes deberán presentar ante la Secretaría Legal y Técnica la siguiente documentación: 
a) nota dirigida al Departamento Ejecutivo Municipal solicitando su inscripción, en la que deberá especificar el cargo al que aspira, Juez o Secretario; 
b) constituir domicilio especial en la ciudad de Ushuaia, número de teléfono y dirección de correo electrónico a los efectos del concurso; 
c) acreditar la residencia en la ciudad de Ushuaia, con certificado de domicilio expedido por la policía o declaración jurada del aspirante; 
d) copias debidamente autenticadas del o los títulos que posee; 
e) copia de las dos (2) primeras páginas del documento de identidad; 
f) certificado de buena conducta expedido por el organismo policial de la provincia en que se domicilia el postulante; 
g) declaración jurada de la situación del aspirante ante la AFIP (aportes previsionales, impuestos a la ganancia, bienes patrimoniales), como así también la situación de libre deuda ante el Municipio de Ushuaia; 
h) certificado del ente que tenga a su cargo el control de la matrícula del que surja la antigüedad en el ejercicio profesional; 
i) certificación del Tribunal de Ética de los Colegios de Abogados de antecedentes de las sanciones si la hubieran y causas en trámites si existieran; 
j) tratándose de postulantes que ejerzan o hubieran ejercido cargos en el poder judicial o en la administración pública, constancia de antigüedad, cargos ejercidos, antecedentes y sanciones si las hubiera; 
k) currículum vitae donde se consignarán: datos personales, estudios cursados y títulos obtenidos, tanto de grado como de posgrado; cargos desempeñados en la función pública nacional, provincial o municipal; actividad privada; antecedentes relevantes en la docencia, investigación o aportes a las ciencias jurídicas; publicaciones realizadas; cursos de perfeccionamiento, congresos, jornadas, etcétera, a las que asistió o participó. Todo el contenido de la presentación tendrá el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella dará lugar a la exclusión del concursante, sin perjuicio de las demás consecuencias a la que correspondiera su conducta. Toda la documentación deberá presentarse firmada y debidamente certificada. 
4. La presentación de la solicitud de inscripción importa por parte del aspirante el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en la O.M. Nº 4087, en el presente acto administrativo y en las bases del llamado a concurso, lo que así declarará bajo juramento. 
5. No se dará curso a las inscripciones que no cumplan con los recaudos exigidos en la O.M. Nº 4087, ni a las de aquellos postulantes que no reúnan los requisitos fijados por la ley a la fecha de cierre del plazo establecido al efecto. 
6. El responsable de la recepción extenderá una constancia de la solicitud presentada y controlará la plenitud de la inscripción; en caso de rechazo informará además la causal al Departa mento Ejecutivo Municipal. 
7. Tampoco se dará curso a las inscripciones que correspondan a postulantes que en ese momento presenten alguna de las causales de inhabilidad previstas para los concejales en el artículo 120 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Ushuaia. 
8. El día y hora del cierre de la inscripción se labrará un acta donde consten las inscripciones registradas por el cargo en concurso, la que será refrendada por los autoriz a dos para recibirlas. 
9. Las inscripciones de postulantes ser realizarán hasta las 14 horas del día 14 de diciembre de 2.018, no rigiendo a tales fines el plazo de gracia de las dos primeras horas del día siguiente. Las mismas deberán ser presentadas en la Secretaría Legal y Técnica, sita en la calle Arturo Coronado Nº 486, 2º piso, debiendo acreditarse el cumplimiento de los requisitos y adjuntarse la documentación detallada precedentemente. 
10. Todos los concursantes deberán constituir domicilio en la Ciudad, no pudiendo hacerlo en oficinas públicas, donde serán válidas y vinculantes todas las notificaciones que se les cursen. 
11. No serán considerados aquellos antecedentes que no se encuentren fehacientemente acreditados al momento de la inscripción, mediante sus pertinentes certificados presentados de conformidad con la normativa vigente.
12. Deberá acompañarse asimismo, declaración jurada de no estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad, de conformidad a lo estipulado por el artículo 120 de la Carta Orgánica Municipal. 
 
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